Empresa constructora pagará 99.000 dólares para resolver demanda por discriminación sexual

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Una empresa de construcción con sede en Ohio acordó pagar 99.000 dólares para resolver reclamaciones de discriminación sexual y represalias en una demanda presentada por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de Estados Unidos (EEOC).

Sello de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos Sello de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (Imagen: Gobierno de los Estados Unidos)

Erie Construction Mid-West, con sede en Toledo, Ohio y que opera en Dallas, Texas, sometió a una representante de ventas a un entorno de trabajo sexualmente hostil, según la demanda.

Esto incluía reproducir música con insultos sexualmente despectivos en todas sus instalaciones de Dallas.

La EEOC afirmó que la representante de ventas se opuso en vano a la música sexista. También afirmó que Erie luego despidió a la representante de ventas debido a su sexo y su oposición al ambiente de trabajo del hospital.

La EEOC afirmó que esa presunta conducta viola el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su forma enmendada, que prohíbe la discriminación laboral por motivos de sexo y exige que los empleadores prevengan y remedien el acoso ilegal por motivos de sexo. El Título VII también prohíbe las represalias por oponerse al acoso ilegal por motivos de sexo.

La EEOC presentó una demanda (EEOC v. Erie Construction Mid-West LLC, caso n.º 3:23-cv-02060-K) en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Texas después de intentar primero llegar a un acuerdo previo al litigio a través de su proceso de conciliación administrativa. Poco después de presentar la demanda, la EEOC trabajó con Erie para llegar a un acuerdo rápido del litigio.

Bradley Anderson, director del distrito de Birmingham de la EEOC, dijo: “La reproducción prolongada de música que contiene letras lascivas y misóginas en el lugar de trabajo puede constituir acoso incluso si no está dirigido a un empleado en particular.

“Los empleadores deben tomar en serio las denuncias de acoso cuando los empleados les piden que detengan la música o corren el riesgo de presentar una denuncia válida por represalias, como fue el caso aquí.

Marsha Rucker, abogada regional del Distrito de Birmingham de la EEOC, dijo: “Según el Título VII, los empleadores deben garantizar que sus lugares de trabajo estén libres de acoso ilegal por motivos de sexo, ya sea que el acoso adopte la forma de agresión física, comentarios no deseados o música despectiva. La EEOC continuará su trabajo para garantizar que todos los lugares de trabajo sean inclusivos y estén libres de acoso ilegal”.

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