Cómo Arabia Saudita quiere hacer que su panorama legal sea más favorable para la construcción

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24 septiembre 2024

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Avances en la construcción del lujoso destino Amaala en Arabia Saudita Avances en la construcción del lujoso destino Amaala en Arabia Saudita (imagen cortesía de Red Sea Global)

Se prevé que Arabia Saudita se convierta en el mercado de construcción más grande del mundo en 2028* y eso lo ha convertido en un mercado atractivo para las empresas de construcción extranjeras.

Por su parte, Arabia Saudita parece dispuesta a acoger con agrado la mayor participación de empresas extranjeras, para que le ayuden a ejecutar su ambicioso programa Visión 2030, que incluye enormes proyectos de construcción por valor de billones de dólares. Para ello, el panorama jurídico está cambiando, en un intento de dar confianza a las empresas extranjeras. Deborah Ruff y Julia Kalinina Belcher, de Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP, explican cómo.

El programa Saudi Vision 2030, lanzado en 2016, ha recorrido más de la mitad del camino hacia su año de finalización previsto.

La ambición es aumentar sustancialmente la diversificación económica y social del país para 2030, alejando la economía del Reino de su dependencia del petróleo a través de una serie de megaproyectos que abarcan infraestructura, así como turismo, entretenimiento, deporte y otros sectores.

La escala del programa es verdaderamente impresionante. Según informa el grupo de consultoría inmobiliaria Knight Frank, desde el inicio del programa en 2016, el valor de los proyectos lanzados por el Reino superó los 1,25 billones de dólares, con más de 140 mil millones de dólares en adjudicaciones de construcción realizadas solo en 2023.

Además de los nuevos “gigaproyectos”, el Reino también invierte en el desarrollo y mejora de sus infraestructuras.

Representación digital de cómo lucirá 'The Bow' en el destino de montaña Trojena de Neom Representación digital de cómo lucirá 'The Bow' en el destino de montaña Trojena de Neom (Imagen: Webuild)

Atractivo global

El programa Visión 2030 ha convertido a Arabia Saudita en el mayor mercado de construcción del mundo, pero los objetivos del programa no pueden lograrse sin una participación significativa de empresas extranjeras de construcción y consultoría, que el Reino ha estado tratando de atraer.

Para aumentar su atractivo para los desarrolladores, empresas de construcción e inversores extranjeros y aumentar su confianza en trabajar en el país, el Reino ha dedicado un esfuerzo significativo a actualizar su “infraestructura” jurídica y de resolución de disputas.

Arabia Saudita ha reconocido que un sistema jurídico estable y predecible, que incluya una resolución de disputas eficaz y transparente, es el eje de un régimen favorable a los inversores que debe existir para garantizar que se cumpla la Visión 2030.

El panorama jurídico

La Ley de Licitaciones y Adquisiciones del Gobierno, que sustituye a la obsoleta ley de 2006, entró en vigor en 2019 y se aplica a los acuerdos comerciales entre entidades privadas y organismos gubernamentales. El Ministerio de Finanzas de Arabia Saudita revisa y modifica periódicamente la ley para actualizarla.

La nueva Ley de Transacciones Civiles (que es efectivamente el primer Código Civil del país) entró en vigor en diciembre de 2023. Inspirada en parte en los códigos civiles de otros países de Medio Oriente y el Norte de África (MENA), proporciona un conjunto detallado de reglas que rigen las distintas etapas de la contratación (desde la formación hasta la terminación), así como disposiciones particulares para tipos específicos de contrato, incluida la construcción.

El año pasado, Arabia Saudita se adhirió a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (“CISG”), que establece normas que rigen la formación de contratos de compraventa internacional de mercaderías. La CIIM entró en vigor el 1 de septiembre de 2024.

Solución de disputas comerciales
Deborah Ruff, Pillsbury Winthrop Shaw Pittman

La primera ley de arbitraje moderna está vigente desde 1983 y se ha actualizado a lo largo de los años. En 2014, se creó el Centro Saudí de Arbitraje Comercial (“SCCA”) para proporcionar servicios de resolución alternativa de disputas comerciales, principalmente arbitraje y mediación. La visión del SCCA parece estar alineada con el programa Visión 2030: aspira a ser la opción preferida de resolución alternativa de disputas (ADR) en la región para 2030.

Al igual que otras instituciones de arbitraje, la SCCA creó en 2022 un tribunal independiente para tratar cuestiones procesales en los arbitrajes administrados por la SCCA. La SCCA opera en árabe e inglés.

Las reglas de arbitraje de la SCCA, revisadas en mayo de 2023, también están en línea con las de las principales instituciones de arbitraje; incluyen disposiciones para la determinación temprana de las reclamaciones (artículo 26), un árbitro de emergencia (artículo 7), un procedimiento de determinación acelerada para ciertas reclamaciones (artículo 1 del Apéndice II), así como la acumulación (artículos 11 y 13). También incluyen disposiciones expresas que fomentan el uso de la tecnología en los arbitrajes. Es importante destacar que las reglas de arbitraje de la SCCA de 2023 ya no hacen referencia a las normas de la sharia y otorgan a las partes la opción de elegir la ley aplicable, aunque los principios generales de la sharia aún se aplican a la ejecución de laudos locales y extranjeros en el Reino de Arabia Saudita (KSA).

En 2024, el Chartered Institute of Arbitrators lanzó su sucursal en Arabia Saudita, en un intento por desarrollar capacidad de resolución de disputas privadas en Arabia Saudita y la región MENA.

Intentando generar confianza
Julia Belcher, Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP Julia Belcher, Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP

Si bien el historial de ejecución de laudos arbitrales en el Reino no siempre ha sido estelar, según el último estudio de la SCCA sobre decisiones relacionadas con el arbitraje de los tribunales saudíes entre 2017 y 2022, más del 92% (120 de 131) de las mociones para anular laudos fueron denegadas.

Además, de las 11 mociones que fueron admitidas, sólo siete fueron admitidas en su totalidad. Aunque estas estadísticas no parecen incluir casos en los que se denegó la ejecución a pesar de que el deudor del laudo no participó para impugnar la ejecución, estos hallazgos son ciertamente positivos.

Parece que los esfuerzos del Reino por actualizar y “mejorar” sus leyes y prácticas de ADR han comenzado a dar frutos. Si bien las partes internacionales querrán observar con qué rapidez cambian las cosas en la práctica, esto debería brindar mayor tranquilidad a los inversores, las empresas de construcción y otros participantes potenciales en el programa Visión 2030.

*Según un pronóstico de Knight Frank.

Deborah Ruff es líder mundial de arbitraje internacional y socia, y Julia Kalinina Belcher es asesora especial en Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP.

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